Alentador que inicie discusión la SCJN sobre facultades militares, pondera el Centro Prodh

Cabe recordar que el tema se votará el miércoles próximo.

Redacción MX Político.- Un proyecto de resolución de la acción de inconstitucionalidad 46/2016, promovida por la administración anterior de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra las reformas a los códigos de Justicia Militar y Militar de Procedimientos Penales, fue hecho público este viernes y eso es motivo de reconocimiento y hasta de aliento, según el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), que hasta se complació de que inicie formalmente esta discusión sobre la pertinencia de la medida pero, ante todo, sobre el propio atributo de constitucionalidad que debe tener toda acción o resolución de un Poder formal en nuestro país.

Destacó que esta discusión “es relevante para acotar el creciente poder militar” y llamó al máximo tribunal a que discuta el tema “considerando el contexto actual de militarización”.

La Corte analizará la propuesta del ministro ponente, Luis María Aguilar Morales, para limitar las facultades de las fuerzas armadas para intervenir comunicaciones privadas, incluyendo celulares y congelar activos financieros durante una investigación penal.

Cabe recordar que el tema se votará el miércoles próximo.

En redes sociales, el Centro Prodh expuso que el proyecto si bien valida algunos artículos, “acertadamente concluye que más de 25 son inconstitucionales y/o inconvencionales por ampliar indebidamente los límites de la jurisdicción militar”.

Resalta que “es fundamental la acotación” que se hace en algunos párrafos del documento como en el 72, en el cual se expone que en un contexto como el mexicano “donde las fuerzas armadas han realizado cada vez más labores que van más allá de la mera defensa exterior de la nación es sumamente relevante que la interpretación constitucional siga garantizando la jurisdicción civil sobre cualquier ejercicio del poder militar que pudiera afectar a la ciudadanía”.

Lo anterior, “implica que la prohibición constitucional al Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada de México para conocer de asuntos que involucren a civiles no solamente opere frente a aquellas conductas que representen delitos, sino sobre cualquier violación a derechos humanos por mínima que ésta sea”.

hch

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