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En honor a Paola Buenrostro: La nueva ley contra transfeminicidios en CDMX

La Ciudad de México (CDMX) dio un paso histórico en la lucha contra la violencia hacia las mujeres trans al aprobar la «Ley Paola Buenrostro», que tipifica el delito de transfeminicidio y establece penas de 35 a 70 años de prisión para quienes lo cometan.

Esta iniciativa, presentada por el diputado Temístocles Villanueva, busca reconocer y atender de manera específica los crímenes de odio cometidos contra mujeres trans y personas cuya identidad o expresión de género se encuentre dentro del espectro femenino.

Tipificación del transfeminicidio

La nueva ley modifica el Código Penal de la CDMX para incluir el artículo 148 Ter, que define el delito de transfeminicidio como el acto de privar de la vida a una mujer trans o a una persona cuya identidad o expresión de género, real o percibida, se encuentre dentro del espectro femenino, «a razón de su identidad de género o expresión de género, en una intersección de violencias transfóbicas y misoginia».

Se establecen 18 circunstancias que pueden acreditar la existencia de razones de identidad de género o expresión de género, como la presencia de violencia sexual, lesiones infamantes, antecedentes de amenazas o acoso, o que la víctima haya sido una activista defensora de los derechos de la comunidad trans.

Sanciones y protocolos

En caso de que se acredite el transfeminicidio, el agresor será sentenciado a entre 35 y 60 años de prisión, además de perder todos los derechos en relación con la víctima. Si no se puede comprobar, se aplicarán las reglas del homicidio.

Adicionalmente, la ley establece sanciones de 3 a 8 años de prisión e inhabilitación por hasta 3 años para servidores públicos que retrasen o entorpezcan la procuración o administración de justicia en estos casos. También se deberá seguir el Protocolo de Actuación para la Atención a las Personas de la Comunidad LGBTTTI.

Protección a la identidad de género

En el ámbito del Código Civil, la ley contempla que, si los familiares consanguíneos de una mujer trans se niegan a realizar el trámite de acta de defunción, ésta podrá ser tramitada por su «familia social», es decir, aquellas personas cercanas a la víctima como amistades, compañeros de trabajo o vivienda.

Lo mismo ocurre con la entrega del cuerpo: si no es reclamado por la familia consanguínea, podrá hacerlo la familia social, para evitar que se vulnere la identidad de género de la víctima.

Un paso histórico

La aprobación de esta ley, bautizada en honor a Paola Buenrostro, una mujer trans asesinada en 2016, representa un avance significativo en el reconocimiento y la protección de los derechos de la comunidad trans en la capital mexicana.

Como señaló el diputado Temístocles Villanueva, este es «un acto de justicia histórica» que responde a la demanda de millones de mujeres trans y personas no binarias que exigen visibilidad, dignidad y justicia ante los crímenes de odio que enfrentan.

Con la entrada en vigor de esta ley, la Ciudad de México se convierte en la segunda entidad del país, después de Nayarit, en tipificar el transfeminicidio como un delito específico, dando un paso crucial hacia la erradicación de esta forma de violencia de género.

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