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Pérez Dayán considera improcedentes acciones de inconstitucionalidad contra reforma judicial

El ministro Alberto Pérez Dayán expresó este martes su rechazo a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tenga facultades para invalidar reformas constitucionales a través de acciones de inconstitucionalidad, aunque aún no ha emitido un voto definitivo. Esta postura surge en medio del debate sobre la validez de la reforma judicial promovida por el gobierno actual.

Durante el análisis del proyecto, Pérez Dayán sostuvo que, aunque los partidos políticos y legisladores del PAN, PRI y MC están legitimados para presentar estas acciones, en su criterio, el recurso es “total y absolutamente improcedente”. Apuntó que aceptar la invalidez de la reforma judicial equivaldría a “responder a una insensatez llevada irresponsablemente al texto supremo con otra insensatez”. Con esto, reafirmó su postura de que la SCJN no debería utilizar este mecanismo para cuestionar la reforma.

Pérez Dayán respaldó sus argumentos al recordar un criterio de 2016, cuando la Corte desechó una acción similar contra la reforma política de la Ciudad de México. Este precedente, afirmó, es un caso “idéntico” al actual y, por lo tanto, la actual acción de inconstitucionalidad debería considerarse improcedente.

El ministro también subrayó que su postura no ignora las posibles consecuencias de la reforma judicial, especialmente en temas como la seguridad jurídica, la división de poderes y la independencia judicial. “Tampoco las que producirá en el ámbito personal de los juzgadores”, afirmó, haciendo referencia al impacto que la reforma podría tener en la trayectoria de quienes trabajan en el sistema judicial.

No obstante, enfatizó que existen otras vías para proteger estos principios, vías que, en su opinión, no deben centrarse en combatir normas constitucionales sino en defender los derechos humanos reconocidos tanto en la Constitución como en tratados internacionales firmados por México. Citó al respecto el criterio de improcedencia del juicio de amparo que dictó la segunda sala de la Corte en 2022, subrayando la existencia de límites para que la SCJN revierta normas constitucionales.

Finalmente, Pérez Dayán dirigió una crítica al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), acusando a ambas instituciones de no haber cumplido cabalmente con sus funciones al interpretar de forma “sesgada” sus competencias, favoreciendo así “intereses estrictamente personales”.

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