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Plantean regular el uso de la Inteligencia Artificial respecto a obras protegidas por derechos de autor

La diputada Margarita García García (PT) propone, mediante una iniciativa, reformar diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos de Autor, para regular el uso de la Inteligencia Artificial (IA) respecto a las obras protegidas.

La propuesta, turnada a la Comisión de Cultura y Cinematografía para dictamen, define a la Inteligencia Artificial como el campo de la informática dedicada a resolver problemas cognitivos comúnmente asociados con la inteligencia humana o seres inteligentes, entendidos como aquellos que pueden adaptarse a situaciones cambiantes o permitan identificar a la persona.

Establece que los derechos de autor, reconocidos en esta ley, también aplicarán para las obras relacionadas con la imagen y/o voz utilizados para la creación de personajes y/o en la práctica del doblaje. 

Señala que los artistas intérpretes o ejecutantes y titulares de los derechos patrimoniales tienen el derecho de autorizar o prohibir la manipulación, creación o derivación de material musical generado a través del uso de la Inteligencia Artificial.

Estipula que crear material con la combinación de algoritmos a partir de la imagen de una persona sin que exista previa autorización de la misma o sus causahabientes, constituye una conducta de infracción en materia de comercio cuando se realice con fines de lucro directo o indirecto.

Asimismo, crear cualquier tipo de materia por medio de este programa informático sobre copias de obras cinematográficas y demás audiovisuales, fonogramas, videogramas o libros, protegidos por los derechos de autor o por los derechos conexos, sin la autorización de los respectivos titulares en los términos de esta ley.

En su exposición de motivos, la diputada García García señala que las tecnologías de la información han tenido un avance muy notorio en los últimos años, tal es el caso de la IA que ayuda a simplificar muchos de los trabajos que se realizan nuevamente.

Estos programas utilizan algoritmos y modelos matemáticos que procesan gran cantidad de datos que le ayudan a tomar decisiones basadas en patrones y reglas establecidas a través de un aprendizaje automático, por lo que puede aprender de forma autónoma mejorando su precisión y eficiencia.

Se tienen reconocidos dos tipos de IA, el primero son los softwares que son asistentes virtuales, de imágenes, motores de búsqueda, de reconocimiento de voy y rostro; el segundo, la inteligencia artificial integrada como son los robots, drones, vehículos autónomos o el internet.

La legisladora indica que en los últimos años los usos que ha tenido la IA han sido tema de gran controversia ya que recae en preocupaciones éticas, como la privacidad, la seguridad, acceso a la información de datos personales, y la responsabilidad, como ha estado sucedido últimamente en donde se hace clonación de imagen o de voz sin la autorización de las personas a quienes afectan, así como la alteración de piezas musicales las cuales tienen derecho de autor.

La iniciativa adiciona un segundo párrafo al artículo 6, una fracción XV al artículo 13, una fracción VIII al artículo 27, una fracción VII al artículo 118 y una fracción II Bis al artículo 231, y reforma las fracciones III y IV del artículo 231 de la ley antes mencionada.

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