La Presidencia de la República ha hecho pública la noche de este 31 de octubre el decreto que establece la supremacía de la Constitución en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Esta medida surge tras la aprobación de una reforma por el Congreso de la Unión y 23 legislaturas locales, que modifica el primer párrafo de la fracción II del artículo 107 y añade un quinto párrafo al artículo 105 de la Constitución en materia de inimpugnabilidad.
El decreto, que entra en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, el 1 de noviembre, declara que “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución”. Este cambio busca limitar el alcance de los juicios de amparo y las impugnaciones legales.
Asimismo, el decreto establece que las sentencias en los juicios de amparo “sólo se ocuparán de personas quejosas que lo hubieren solicitado”, limitando así su aplicación a los casos específicos.
También se aclara que “tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijarán efectos generales”.