Proponen crear el Registro Nacional de Personas Agresoras de Animales
La diputada Gabriela Sodi (PRD) presentó una iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el Capítulo VII denominado Registro Nacional de Personas Agresoras de Animales a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
La propuesta, remitida a la Comisión de Seguridad Ciudadana, define al Registro de Personas Agresoras de Animales como la base de datos de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) que contiene, administra y controla los registros de las personas que han sido sentenciadas por maltrato en contra de los animales en el ámbito de la Federación o de los estados.
Además, que la SSPC, mediante convenios de colaboración con la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, las procuradurías o instituciones que ejerzan funciones de protección ambiental de las entidades federativas y de la Ciudad de México, así como la Fiscalía General de la República (FGR) y de los estados, compartirá información sobre las sentencias y convenios derivados del procedimiento judicial en contra de personas que hayan cometido actos de crueldad animal.
Plantea que el Registro contendrá nombre y Clave Única del Registro de Población de quien haya ejecutado conductas de crueldad, maltrato, daño o tortura en contra de un animal, así como su residencia, datos de documentos oficiales, del expediente del que deriva su inscripción, la sentencia o resolución que fije la pena o sanción, y las medidas de atención de salud emocional o de algún trastorno.
La información del Registro estará disponible solamente para el personal que designe la Secretaría, quien deberá recopilar, almacenar y actualizar la información relacionada con el padrón de todas aquellas personas que hubiesen sido condenados mediante sentencia o resolución. Por ningún motivo podrá hacer público su contenido.
También señala que con la finalidad de salvaguardar la vida de los animales, los responsables de los refugios, asilos y albergues para animales dependientes de las dependencias e instituciones oficiales en el ámbito Federal de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, deberán consultar si la persona adoptante se encuentra en el Registro, antes de darle en adopción cualquier animal o emitir la autorización de las licencias correspondientes.
La legisladora argumenta que se busca generar un instrumento en los tres órdenes de gobierno, para ayudar a recopilar información de quienes cometan delitos de maltrato animal, a fin de salvaguardar los derechos e integridad de estos seres vivos.
Expresa que a nivel nacional se han impulsado leyes para la protección y conservación animal, su aprovechamiento sustentable, el cuidado de su hábitat, de especies domésticas o animales bajo los cuidados de una persona, y la erradicación del maltrato animal.
Refiere que, de acuerdo con el último reporte del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2021 el 69.8 por ciento de los hogares en México tenía algún tipo de mascotas con un acumulado de 80 millones de animales: 43.8 millones son caninos; 16.2 millones felinos y 20 millones una variedad de otras mascotas pequeñas, con los cuales se crean vínculos de convivencia, roles de responsabilidad y compromiso para su cuidado.
Por otra parte, la Asociación Mexicana de Médicos Veterinarios Especialistas en Pequeñas Especies estima que en México alrededor de 70 por ciento de perros y gatos se encuentra en situación de calle.
Agrega que las autoridades no tienen planes ni procesos para ejecutar medidas o políticas públicas para mitigar o erradicar la violencia contra los animales, lo que propicia el aumento de casos de maltrato y abandono de animales en todo el país.