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SCJN establece derecho a indemnización por sobreventa de vuelos en aerolíneas

Redacción, Noticias MXPolítico.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) hizo pública este fin de semana su resolución emitida en julio pasado con respecto a la indemnización a pasajeros en casos de sobreventa de vuelos por parte de aerolíneas.

Derecho a Indemnización

La SCJN, a través de la Segunda Sala, reafirmó que las aerolíneas comerciales tienen la obligación de indemnizar a los pasajeros a los que se les niegue el abordaje debido a la sobreventa de vuelos. La decisión de la Primera Sala se basó en el análisis de la Ley de Aviación Civil.

Inconstitucionalidad de Medidas de Resarcimiento Parciales

La fracción II del artículo 52 de la Ley de Aviación Civil, que contempla medidas de resarcimiento, fue considerada como insuficiente, por lo que se declaró inconstitucional. En este contexto, la SCJN determinó que procede una indemnización de al menos el 25% del valor del boleto, independientemente de la elección del pasajero entre el reintegro del pasaje, el transporte en el primer vuelo disponible, cobertura de alimentos y hospedaje por parte de la aerolínea, o la reprogramación del vuelo en una fecha conveniente para el pasajero.

La resolución busca garantizar los derechos de los usuarios ante situaciones de sobreventa, brindando un marco claro y justo para la compensación en casos de negación de abordaje por parte de las aerolíneas comerciales.

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