Tribunal ordena desbloquear cuentas a la esposa de García Luna

Redacción MX Político.- Después de más de tres años de que se ordenara el congelamiento de sus cuentas bancarias, Linda Cristina Pereyra Gálvez, esposa de Genaro García Luna, obtuvo un amparo que revierte dicha medida e instruye el desbloqueo de sus activos a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

El fallo fue dado a conocer mediante una tarjeta informativa en los canales oficiales de la UIF el 21 de febrero y en él se especificó que el dictamen provino del Décimo Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito de la Ciudad de México.

El Tribunal que ordenó, de manera unánime, el descongelamiento de las cuentas de Cristina Pereyra está conformado por el presidente Rolando González Licona, el magistrado Eduardo Baltazar Robles y la magistrada Amanda Roberta García González.

Cabe recordar que el gobierno de Estados Unidos había emitido una petición a México para entregar información bancaria sobre Pereyra Gálvez por su relación con la investigación que llevó a García Luna ante la Corte de Brooklyn y por la que fue declarado culpable.

En primera instancia, el Juzgado Décimo Segundo había negado un amparo a Pereyra, pues se consideró que la inmovilización de sus cuentas se ajustaba a los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que permiten la implementación de dicha medida ante la solicitud de “un organismo internacional o una agrupación intergubernamental” sin necesidad de una orden judicial.

Sin embargo, la orden de descongelar los recursos de Cristina Pereyra, repartidos en cuatro cuentas bancarias, se sostuvo en el argumento de que la petición de información de EEUU a México no cumple los requisitos de dichos criterios.

“Contrario a lo que determinó la juez de distrito en el caso, no se desprende elemento que llegue a concluir que el bloqueo de las cuentas bancarias de que se trata se haya emitido con base en alguno de los dos supuestos de excepción que establece la jurisprudencia de la segunda sala 46/2018, esto es, no se advierte que su admisión obedezca al cumplimiento de un ordenamiento de carácter bilateral o multilateral asumida por México, por una solución o determinación adoptada por un organismo internacional en la que incluso se requiera que se congelen las cuentas de manera exprés, por ese motivo se propone en el sentido anunciado”, explicó el magistrado González Licona durante la sesión, de acuerdo con información retomada por Proceso.

jpob

Mira también
Cerrar
Botón volver arriba