Oaxaca Seguridad

Lo detienen por no aportar presión alimenticia en Oaxaca

Redacción Oaxaca Político / NVI Noticias.- El colectivo Madres Autónomas de Oaxaca denunció un presunto caso de tráfico de influencias por parte de la Ministerio Público M. R. A., a quien acusan de intervenir en la liberación de N. L. M., procesado por incumplir con el pago de pensión alimenticia a dos de sus hijos.

«Exigimos que se investigue y sancione a la funcionaria. La revictimización institucional por parte de la Ministerio Público vulnera el interés superior de las dos infancias afectadas. De comprobarse su participación en la liberación del deudor alimentario, debe ser destituida. Estas acciones obstaculizan el acceso a la justicia para mujeres y niños», señaló el colectivo en un comunicado, donde también alegaron que Alonso Pacheco mantiene una relación de pareja con el imputado.

N. L. M., abogado de profesión, fue vinculado a proceso por una jueza del Poder Judicial, acusado de incumplimiento de sus obligaciones alimentarias y violencia familiar en perjuicio de M. V. C. El 2 de octubre, agentes de la Agencia Estatal de Investigaciones (AEI) detuvieron al deudor alimentario.

El 5 de octubre, integrantes del colectivo realizaron una protesta frente a laFiscalía Especializada en Atención a Delitos Contra la Mujer por Razón de Género, para impedir que N. L. M. fuera liberado sin antes liquidar un adeudo superior a los cien mil pesos en pensión alimenticia. Durante la manifestación, las activistas denunciaron haber recibido amenazas por parte de allegados al detenido.

El Artículo 413 del Código Penal de Oaxaca establece que quien incumpla con su obligación de proveer alimentos a las personas con derecho a recibirlos, puede enfrentar una pena de entre cuatro y ocho años de prisión, además de una multa que va de 200 a 600 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). También se contempla la suspensión o pérdida de los derechos de familia y el pago de las cantidades adeudadas como reparación del daño.

El incumplimiento de las obligaciones alimentarias se considera consumado cuando los acreedores alimentarios son dejados al cuidado de terceros o reciben su ayuda. La legislación también establece que los alimentos incluyen no solo comida, sino también vestimenta, vivienda, atención médica y, en el caso de menores, los gastos necesarios para su educación básica y formación profesional adecuada.

GPP

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