Más de la mitad de habitantes en Oaxaca no cuentan con servicios básicos de vivienda
Redacción Oaxaca Político / NVI Noticias.- Oaxaca ocupa el tercer lugar nacional en porcentaje de población con carencia de calidad y espacios en la vivienda, con un 21.1 por ciento, solo por debajo de Chiapas que registra el 22.1 por ciento y Guerrero con el 26.9 por ciento, de acuerdo al indicador de carencia por calidad y espacios de la vivienda elaborado por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval).
De acuerdo al indicador, la entidad ocupa el primer lugar nacional en porcentaje de población con carencia por acceso a los servicios básicos en la vivienda, con 55.2 por ciento.
A nivel nacional, en 2022 se encontró que el 9.1 por ciento de la población tiene carencia por calidad y espacios de la vivienda, lo que equivale a 11.7 millones de personas. Las entidades pertenecientes a la región sur del país presentaron los mayores porcentajes de población en situación de carencia, destacandoGuerrero, Chiapas y Oaxaca con más del 20 por ciento.
“En el balance de ambas carencias para el año 2022, se encontró que 22 entidades federativas reportaron mayores niveles de incidencia en la carencia por acceso a los servicios básicos en la vivienda con una brecha promedio de 12.9 puntos porcentuales superior a lo registrado para la carencia por calidad y espacios de la vivienda; para 3 entidades los mayores porcentajes están en la carencia por calidad y espacios de la vivienda, en estos estados la brecha promedio entre carencias es de solo 1.3 puntos porcentuales; un par de entidades tienen niveles similares en ambas carencias. Finalmente, otro de los hallazgos relevantes es que, para ambas carencias, existen 10 entidades federativas que registran incidencias superiores al promedio nacional. Destaca, además, que en ambas carencias los porcentajes más altos se presentaron en Guerrero, Chiapas y Oaxaca, evidenciando una tendencia regional”.
Además, Oaxaca se ubica en el tercer lugar nacional más bajo en porcentaje de población con suministro diario de agua dentro de la vivienda por entidad federativa, 2016 y 2022, con 13.7 por ciento; el cuarto en porcentaje de población en viviendas que cuentan con servicio de recolección de basura, con 66.9 por ciento; tercero en porcentaje de población en viviendas con disponibilidad de espacios habitacionales, con 32.7 por ciento; el segundo en porcentaje de viviendas con piso de tierra, con casi el 15 por ciento; tercero en porcentaje de viviendas que no disponen de agua entubada de la red pública, con el 10 por ciento; primero en porcentaje de viviendas que no disponen de drenaje, con casi el 20 por ciento; y el mismo primer lugar en porcentaje de viviendas que no disponen de energía eléctrica, con 2.5 por ciento; respecto al porcentaje de uso de internet la entidad ocupa el segundo lugar más bajo con 70 por ciento.
Cita que el derecho a la vivienda fue considerado por primera vez en la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948 como uno de los factores necesarios para el disfrute pleno de la vida de todas las personas. Dentro de este instrumento, destaca la utilización del concepto vivienda adecuada, cuyas implicaciones fueron definidas hasta la Observación general N.º 4: El derecho a una vivienda adecuada del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) donde se abordan cuestiones clave como la ubicación de la vivienda, condiciones de habitabilidad, disponibilidad de servicios, asequibilidad, entre otros.
Agrega que, en México, el derecho a la vivienda fue reconocido por el Estado mexicano en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a partir de su incorporación en 1983, en el cual se establece que toda familia tiene derecho al disfrute de una vivienda digna y decorosa. La Ley General de Desarrollo Social lo reconoce a través de su artículo 6, en el que los programas de vivienda se consideran prioritarios y de interés público. La Ley de Vivienda define el concepto de vivienda digna y decorosa, sienta las bases del Sistema Nacional de Vivienda y confiere a las entidades federativas la atribución de formular y aprobar programas estatales de vivienda.
GPP