En opinión de Ricardo Aguirre Cuellar
Mofa
Por: Ricardo Aguirre Cuellar
Estimado amigo; la reacción de Sheinbaum a la suspensión definitiva emitida por la jueza Nancy Juárez para bajar del Diario Oficial de la Federación la reforma al PJ, demuestra plenamente la razón de dicha reforma y que no es otra que construir un poder judicial a modo.
Donde la actuación de los jueces esté supeditada a la voluntad absoluta del poder ejecutivo federal.
Y es que la ominosa respuesta de desacato, refleja el furioso rencor que la independencia judicial a este y el anterior gobierno les genera. Escozor y urticaria.
Luego entonces, no deja de sorprender que haya incautos que piensen que la justicia va mejorar con el engendro propuesto.
Y que no entiendan que de lo único que se trata es de imponer la visión de un solo hombre o mujer por encima de toda la sociedad.
De manera que en ese sentido, no caben los contrapesos y menos la división de poderes, que se fundamenten en la independencia y autonomía. Como lo es en este sentido el actual Poder Judicial Federal, quien con sus decisiones a parado en seco el voluntarismo autocrático presidencial; que usando las trampas retóricas de la corrupción o la austeridad y el apoyo popular, construyen la justificación perfecta, para demoler un poder que les es adverso y no por que sean sus enemigos o antagónicos, sino porque con un poder judicial autónomo, no pueden cumplir con su dogmático e ideologizado gobierno, dominado por el engaño, la manipulación y la mentira. Y donde las leyes sean tales cuando así les convenga y cuando no sea así, pues al diablo con las instituciones.
Y por supuesto para poder cumplir sus mitos y caprichos sin limitativos Juicios de Amparo que impidan sus abusos y excesos. Requieren jueces abyectos.
Con un poder judicial a modo, se acabaron no sólo los enemigos. Sino la sociedad en general.
Que juez se atreverá a contravenir a la poderosa CASA PRESIDENCIAL?
Ninguno y más cuando ve la reacción punitiva de la habitante de la misma.
Y eso que el actual Consejo de la Judicatura Federal, dista mucho de las facciosas facultades punitivas que tendrá el inquisitivo Tribunal Disciplinario. Quien ante un señalamiento como el que a hecho Sheinbaum respecto a la jueza Juárez, muy seguramente de oficio y sin investigación, sometería al cadalso al impertinente juez o jueza que se atreviera a ordenar un cumplimiento jurisdiccional como establece la actual Ley de Amparo y caer en desacato en caso de incumplir, como lo ha dicho y sostenido Shienbaum a lo ordenado por la jueza Juárez.
Lo que atestíguanos en voz presidencial, no es otra cosa que lo que buscan con su monstruosa reforma. Que no haya independencia ni mucho menos autonomía jurisdiccional y que lo que prevalezca sean los intereses presidenciales o del grupo hegemónico y compinches que los acompañan.
Por eso inventan una teoría anti constitucional, que les permita justificar su posición y de paso acorralar a la Corte interpretando a su conveniencia sobre la primacía que tienen las reformas constitucionales sobre cualquier intervención de la Corte e incluso yendo hasta el absurdo de establecer en los artículos transitorios que dicha reforma no podrá interpretarse de ninguna otra forma que no sea literalmente.
Sin embargo, en contraposición es menester señalar que la clave que determina la pétrea voluntad del constituyente original para que el sentido fundacional de nuestra nación como una República, representativa, democrática, laica y federal cuyo Supremo Poder de la Federación se deposita para su ejercicio en tres poderes. El Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Y donde los Derechos Humanos y sus Garantías Individuales estén absolutamente protegidas; es su inviolabilidad.
Luego entonces si la división de poderes y los Derechos Humanos están en riesgo, corresponde a la Suprema Corte enmendar cualquier legislación que atente contra la forma de gobierno y la tutela de nuestros derechos humanos. Y tan es así que el artículo 136 de nuestra Carta Fundamental establece la inviolabilidad al señalar que: Está Constitución no perderá fuerza y vigor, aún cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia. Caso extremo que interpretado en sentido contrario y apelando al espíritu fundacional del Constituyente Original, cierra la puerta para que, si aún en caso de una rebelión y una vez que se recupere la nación, prevalezca nuestra Carta Magna. Más será si por una simple reforma el legislativo decide cambiar la forma de gobierno.
Así entonces si el MÁS AÚN cambia la fisonomía política u orgánica de la nación, también lo hacen aquellas reformas cuyo contenido pretenden socavar nuestra forma de gobierno y los Derechos Humanos, pues son los elementos fundamentales que le dan origen a la Nación. Y en eso no tiene facultades el legislador mal llamado constituyente permanente.
Porque si bien los legisladores tienen facultades para modificar la Constitución estas están limitadas a no afectar los pilares fundacionales de la República y su división de poderes donde el Poder Judicial descansa sobre la base de independencia y autonomía para su ejercicio.
Y que al atacar estos principios y derrumbarlos mediante tramposas reformas da pie a que la Corte las declare como inconstitucionales, pues afectan la forma de gobierno y atentan contra los Derechos Humanos y no nada más de los jueces sino de toda la sociedad, quien al perder un poder judicial independiente y autónomo quedará a merced de los caprichos y arbitrariedades del poder en turno y sus emisarios.
Así que aún cuando, no se diga expresamente los principios pétreos o petrificados de nuestra naturaleza como nación, estos están contemplados tanto en el Artículo primero, como en el 49, 103, 107 y por supuesto en el 136 de la Constitución. Entre otros. Así como en Tratados Internacionales y doctrina constitucional. Aplicable.
Entre paréntesis; tras la burla de que fue objeto la mal llamada reforma al Poder Judicial por académicos e investigadores de Harvard, Sheinbaum responde cobijándose en el ramplón y sentimentoso argumento de que nadie se burla de los mexicanos. A los que embarra.
Cuando “los mexicanos “ no fuimos parte de esta grotesca y burda pantomima legislativa, que como requisitos para ser ministro, magistrado o juez bastan cinco cartas de recomendación y una calificación de ocho. Y una eficiente tómbola y un gritón.
Bueno le piden más requisitos a un velador y con perdón de los veladores, que a un juzgador.
Y no quiere que se rían de la reforma y de los reformadores.
Por favor. No nos embarre aquí los únicos responsables del engendro es Zaldívar, Godoy Ramos, Sánchez Cordero, Monreal, López Hernández y por supuesto el mesías López. Y para su desgracia. Usted. Y la recua de castrados legisladores de morena y sus rémoras. Junto con las no menos abyectos del INE y el Tribunal Electoral que les otorgaron la sobre representación y que con los Yunes y otros traidores de poca monta, alcanzaron para aprobar el mamotreto risible de reforma.
Esos son los culpables de que la nación se vea envuelta en semejante y gigantesco ridículo.
Por culpa de morena y sus sanguijuelas.
PD. Ahora resulta que una vez que sea notificada de la resolución de amparo, Sheinbaum va pedir la opinión del legislativo para que le digan si obedece o incumple y desacata lo ordenado por la Jueza Nancy Juárez.
Y que pitos toca el legislativo para opinar si lo resuelto por la jueza es apegado a derecho o no.
Creo que Sheinbaum no digo que esta mal asesorada, sino que está perversamente mal asesorada, para que Urbi et Orbi diga semejante tontería.
Cuando tiene a su alcance los recursos que la propia Ley de Amparo le otorga.
En lugar de hacer el ridículo, debe despedir de inmediato y con una patada en el trasero a los ineptos lamesuelas de la consejera Godoy y al tramposo y ruin Zaldívar por embarcarla en pleitos que desconoce y que debería tomar con más cautela. Y seriedad. Que por lo visto no tiene. Y eso que es científica.
PD2 tan sólo unos días antes les dijo a inversionistas que no tenían porqué tener recelo de su engendro. Que el Estado de Derecho estaba garantizado y amenaza a voz en cuello con aquello “ de que no me vengan con que la ley es la ley” y “ al diablo con las instituciones”
No vamos a bajar la reforma del DOF.
O sea, DESACATO una orden judicial.
Y el ESTADO DE DERECHO donde quedó?
Y no es pregunta retórica.
Donde queda con la negativa presidencial, la certeza jurídica para las inversiones y donde queda la palabra presidencial?
Pues en la incertidumbre y el desconcierto que por supuesto no son los mejores augurios para los inversionistas.
Ni hablar mal y de malas.
PD 3 las suspensiones en materia de Amparo primero se acatan y después se combaten.
Pero nunca se desacatan.
Hacerlo es muy grave para cualquier autoridad, pero es mucho más grave si proviene el desacato de la máxima autoridad.
Hay esta el verdadero daño al Estado de Derecho.
Ni más ni menos.
No lo crees así querido amigo?
Una entrega de Latitud Megalópolis para Índice Político