Se mantiene Fase I de contingencia ambiental por ozono en el Valle de México

Redacción, Noticias MXPolítico.-La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) ha confirmado que la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono sigue en vigor en la zona metropolitana del Valle de México.

Según el último informe emitido a las 10:00 horas por el Sistema de Monitoreo de la Calidad del Aire, las condiciones meteorológicas actuales están propiciando un estancamiento moderado a significativo de los contaminantes precursores del ozono, así como la formación de este gas, lo que está resultando en una calidad del aire que va de mala a muy mala.

Ante esta situación, se hace un llamado a la población para que evite realizar actividades al aire libre, especialmente entre las 13:00 y las 19:00 horas, momento en el que la concentración de ozono en el aire es más alta.

Además, se recuerda que hoy, viernes 23 de febrero, se aplicarán las siguientes restricciones a la circulación vehicular en la zona metropolitana:

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 2, 4, 6, 8, 9 y 0, así como aquellos cuya matrícula esté conformada solo por letras.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado azul, terminación de placa 9 y 0.
  • Las unidades que no porten holograma de verificación, como vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, aquellos que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras.
  • Se restringe la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
  • Los vehículos de carga local o federal dejarán de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, excepto aquellos que estén inscritos en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del Edomex.
  • Los taxis con holograma de verificación “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular según lo indicado en los incisos a), b) y c) estarán restringidos de circular de 10:00 a 22:00 horas.

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