Señalan a edil misógino de obstruir el cargo a regidora en Oaxaca
Redacción Oaxaca Político / El Imparcial de Oaxaca.- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), en la cual declaró existente la obstrucción al ejercicio del cargo a una ciudadana de San Martín Peras, Juxtlahuaca.
Al resolver el expediente JDCI/21/2024, avalaron la violencia política contra las mujeres en razón de género (VPG) denunciada por una ciudadana y atribuida al presidente municipal de dicho ayuntamiento.
Los magistrados integrantes del Pleno de la Sala Regional determinaron que no le asistía la razón al señalado presidente municipal respecto a que el TEEO no fue exhaustivo al valorar las pruebas aportadas y que realizó un indebido ejercicio de la reversión de la carga probatoria.
Ya que, contrario a ello, -detallaron- la sentencia emitida por el Tribunal local fue conforme a Derecho, ya que el citado funcionario estaba obligado a demostrar que no se le imponían o exigían a la demandante labores o atribuciones más allá de las funciones de auxilio y colaboración que le correspondían.
Y por lo tanto, al no demostrar lo contrario, fue correcto que se acreditara la obstrucción del ejercicio al cargo que ostenta la ciudadana demandante en la instancia local.
Además, el Tribunal Electoral local realizó un correcto estudio sobre los actos de Violencia Política de Género atribuidos al presidente municipal, puesto que los hechos demostrados en reversión de la carga de la prueba sí implicaron violencia psicológica, verbal, física e institucional, mismos que afectaron los derechos político-electorales de la actora local y estuvieron basados en estereotipos discriminatorios de género, toda vez que, el caso tuvo entre otros motivos, los deberes de cuidado de la víctima con su hijo.
De acuerdo con el INE, Oaxaca es la entidad con el mayor número de personas registradas dentro del Padrón de Violentadores con 142 casos, sin embargo, también establece que, del total de sanciones en las diferentes entidades, 78 han sido aplicadas a presidentes o presidentas municipales; 58 a regidores o regidoras y 14 a síndicos o síndicas.
Es decir, en el ámbito municipal es donde se acumula el mayor número de los 416 registros del RNPS, con 315 casos, equivalente al 75.72 %; en el estatal se agrupan 58 asuntos, el 13.94 %; y en el nacional 43, el 10.34 % del total.
GPP