TEEO avala candidatura de violentadora para diputación local
Redacción Oaxaca Político / El Universal.- El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) aprobó la candidatura de Kelly Jannet Cabrera González por el partido Morena a una diputación local por el principio de representación proporcional, pese a que se encuentra dentro de la lista de personas sancionadas por ejercer violencia política en razón de género.
Con su sentencia, el TEEO determinó la inaplicación del artículo 21 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, y el artículo 6 de los lineamientos en materia de paridad y acciones afirmativas, emitidos por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO).
Su argumento fue que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se han pronunciado, en casos anteriores, respecto a que no encuadra en los preceptos constitucionales la restricción para postularse a un cargo de elección popular, si se ha sido sancionado o sancionada por violencia política contra las mujeres en razón de género.
Además, afirmó que la violencia política contra las mujeres en razón de género debe ser dictada por tribunales penales, de acuerdo con los criterios expuestos por la Corte y el TEPJF, ya que esta restricción a la postulación, no está permitida a las autoridades electorales.
Jannet Cabrera se desempeñó como Síndica Municipal del ayuntamiento de El Espinal, municipio del Istmo de Tehuantepec de Oaxaca, y fue sancionada por ejercer violencia política en razón de género contra una regidora, en la que también participó el presidente municipal Joselito Valencia López, entre otros miembros del ayuntamiento.
Según la sentencia de la sanción, tanto Jannet Cabrera como los demás miembros del cabildo, incluso el Presidente Municipal, incurrieron en acciones “tendientes a obstaculizar el ejercicio del cargo de la víctima, al haber desaparecido la regiduría para la que fue electa, discriminarla, no tomarla en cuenta en sesiones, amenazarla, difamarla e intimidarla”.
GPP