Oaxaca

Descuento a aguinaldo de policías en Oaxaca correspondió al pago del ISR

Redacción Oaxaca Político / El imparcial.- Aguinaldos sin descontar el ISR

  • 16 mil 122 pesos inspector de vía pública
  • 29 mil 842 pesos barrendero
  • 39 mil 239 pesos policía tercero
  • 45 mil 116.85 pesos, policía segundo
  • 34 mil 107, jefe de departamento
  • 90 mil 892 regidores
  • 100 mil 747 pesos síndicos
  • 137 mil 140 pesos presidente municipal

Después de responder que por aguinaldos se han erogado y pagarán más de 78 millones de pesos y que tras la protesta de sindicatos y policías se está devolviendo el monto retenido, el ayuntamiento capitalino defendió la obligación de retener el Impuesto sobre la Renta (ISR) que se aplica a esta prestación laboral.

Francisco Martínez Neri, presidente municipal, reiteró que como a nivel nacional, se ha recurrido a “un mala costumbre de no querer contribuir” a la hacienda federal. Esto en tanto se trata de un impuesto federal, que en el caso del municipio se está regresando, pese a no ser lo correcto.

Aunque la dirección de Capital Humano señaló que todavía no hay una multa por incumplir como patrones en la retención del impuesto, no descartó que esta se dé o que sea el ayuntamiento quien pague ese impuesto a Hacienda.

En este ejercicio fiscal, además de los impuestos el municipio erogará otro monto por beneficios de fin de año, que se otorgan principalmente a empleados sindicalizados, como el de ayuda para juguete, la canasta navideña y un pago por días laborados en meses de 31 días. En total, son más de 82 millones 500 mil pesos por todos estos beneficios y el aguinaldo.

Ante esta situación, el presidente remarcó la necesidad de pagar impuestos como ciudadanos. Asimismo, que en el próximo año corresponderá revisar los contratos colectivos de trabajo de los seis sindicatos del ayuntamiento.

En una revisión realizada a la nómina municipal, se calcularon distintos montos que se entregan como aguinaldos a los 4 mil 805 empleados del ayuntamiento, varios de los cuales reciben hasta 86 días de salarios o 75 si son policías, empleados de confianza o de otro sindicato que no contemple los 86 días.

Bajo la idea de los sueldos netos mensuales, se encontraron que entre los salarios más bajos están los de 6 mil 449.01 pesos (para un inspector de comercio en vía pública). Si se contempla que el aguinaldo es de mínimamente 75 días de salarios, el monto más bajo que reciben los empleados municipales como estos es de 16 mil 122 pesos, pues en esta ocasión no se les retuvo el ISR.

Un barrendero, cuyo sueldo mensual neto es de 10 mil 411. 28 pesos puede acceder a un aguinaldo de hasta 29 mil 842 pesos (sin retención del ISR), al ser un empleado de base adherido al Sindicato Independiente 3 de Marzo, a quienes se les da una aguinaldo de 86 días de salario.

En el caso de los policías, el aguinaldo corresponde a 75 días de salario. Para un policía tercero, que gana 15 mil 695.74 pesos mensuales netos, su aguinaldo puede llegar a los 39 mil 239.25 pesos (libres de la retención del ISR).

Bajo estos cálculos, un policía segundo, con sueldo mensual neto de 18 mil 46.74 pesos, tendría un aguinaldo de 45 mil 116.85 pesos.

Un jefe de departamento, que gana mensualmente 13 mil 642.95 pesos netos, podría tener de aguinaldo 34 mil 107 pesos (sin retención de ISR) si se le aplica el beneficio de los 75 días de salario.

Si se habla de regidoras y regidores, a quienes se considera empleados de confianza (y que a estos también se les dan 75 días de salario en aguinaldo), los sueldos netos mensuales son de 36 mil 357.7 pesos. Esto permite calcular un aguinaldo de 90 mil 892.5 pesos (si no se retiene el ISR).

Para el caso de los síndicos, cuyo sueldo neto mensual es de 40 mil 299.02, si se calcula bajo la fórmula de 75 días de salarios, el aguinaldo alcanza los 100 mil 747 pesos (sin aplicar la retención del ISR).

En tanto, si se considera el sueldo neto mensual del presidente municipal (54 mil 856.49 pesos), en su caso el aguinaldo podría ser de 137 mil 140 pesos hasta antes de retenerle el impuesto sobre la renta. La cifra baja cuando se le retiene el impuesto.

GPP

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